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Durante el año 2011, dos sucesos beneficiaron la representación de la sociedad civil en los asuntos referidos a los medios de comunicación como lo son la participación activa en la producción de contenidos culturales y la protección de sectores vulnerables ante ciertos contenidos.

Ambas situaciones se ven reflejadas, primero, en la celebrada Cumbre Continental de Comunicadores Indígenas del Abya Yala – realizada en los territorios ancestrales del Cauca, Colombia-; y segundo, la entrada en vigencia del Acuerdo 003 de 2010, por disposición de la Comisión Nacional de Televisión (CNT)  que regula la radiodifusión de contenidos de televisión.

La Cumbre Continental de Comunicadores Indígenas “contribuyó a colocar en un lugar más visible la necesidad de articular y promover una agenda indígena en el ámbito específico de la comunicación”[1], buscando además que esta se considere como un derecho de los pueblos, y parte de su libre determinación. La Cumbre comprendió la necesidad de seguir sumando esfuerzos para lograr el ejercicio de sus derechos y el reconocimiento de los diferentes Estados a través de la normativa pública que los garantice.

La participación de las comunidades y pueblos indígenas se encuentran frente al reto de asegurar su propia existencia, para lo cual han respondido organizándose para luchar y tener mejores condiciones defensivas que los haga visibles como sujetos políticos y actores nacionales, importantes no solo para su propia vida en comunidad, sino para la gobernabilidad de sus países. En ese esfuerzo, surge como necesaria una Agenda Indígena Integral que sume aliados capaces de respaldar su lucha y, la comunicación, es una herramienta vital.

Entendida como un arma que no se puede dejar al azar, la comunicación necesita ser trabajada en equipo para que favorezca a los intereses de la organización, no solo para difundir mensajes respecto de la toma de conciencia de la actual situación, sino un medio de participación política frente a los estímulos de la coyuntura. La comunicación en las comunidades indígenas es clave para fortalecer a sus organizaciones.

Junto a la comunicación, la Cumbre destacó también la importancia de la libre determinación de los pueblos, señalando que la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en su Artículo 16, indica:

“1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer sus propios medios de información en sus propios idiomas y acceder a todos los demás medios de información no indígenas sin discriminación.

2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que los medios de información públicos reflejen debidamente la diversidad cultural indígena. Los Estados, sin perjuicio de la obligación de asegurar plenamente la libertad de expresión, deberán alentar a los medios de información privados a reflejar debidamente la diversidad cultural indígena”[2]

En conformidad con lo estipulado en el Artículo 16, es exigible entonces una normativa pública dictada por el Estado que permita y regule el ejercicio del derecho a la comunicación de las comunidades indígenas, sin perjuicio de sus características culturales. Lamentablemente, es evidente la poca atención y el relego que dan los gobiernos al derecho de los pueblos y comunidades de acceder al espectro radioeléctrico que en su mayoría cae en control de empresas privadas y con fines comerciales.

La Cumbre consideró que la inexistencia de una categoría de comunicación comunitaria menoscaba el derecho de comunicación de las comunidades, muchas de ellas criminalizadas en nuestra región, y perseguidas, en el peor de los casos.  Esto implica entonces que es de vital importancia evaluar la contribución del Estado a la mejora de las condiciones de las comunidades indígenas y en qué medida está aportando a cerrar la brecha digital en condiciones que favorezcan a las poblaciones indígenas.

Por su parte, el Acuerdo 003 – 2010 de la CNTV, que reglamenta la radiodifusión de contenidos, entró en vigencia desde el 1 de julio de 2011, luego de realizadas distintas audiencias de socialización y mesas de trabajo en conjunto con la industria televisiva nacional, las organizaciones que representan a la sociedad civil y la Asociación Nacional de Medios (ASOMEDIOS).

Con el acuerdo se busca clasificar las franjas de audiencia en categorías “infantil”, “adolescente”, “familiar” y “adulta”, consignando además, el horario al cual corresponderá cada una de ellas: la familiar, adolescente e infantil comprenderán el rango horario entre las 05:00 hasta las 22:000; mientras que desde las 22:00 hasta las 05:00 será el único horario disponible para contenido clasificado como para adultos.

Por tanto, “el contenido de la programación y el tratamiento de su temática, deberá ajustarse a las franjas de audiencia y a la clasificación de la programación. Las imágenes, escenas, contenidos, promociones o comercialización de los programas o productos que estén dirigidos al público adulto no podrán ser radiodifundidas en programas familiares,  de adolescentes ni infantiles[3]”.

Queda también sancionada la apología a la violencia en todas las franjas creadas con este acuerdo, además de la prohibición de mostrar imágenes de niños y/o adolescentes que sean autores o víctimas de delitos, como tampoco se podrán presentar escenas de drama que involucren a los mismos. Está de igual manera censurado todo programa de contenido sexual que se emita en los horarios no establecidos para ello, además de la prohibición total de la radiodifusión de pornografía en la totalidad de la programación.

El Acuerdo garantiza la protección de los menores frente a la difusión de contenidos violentos y de contenido sexual que puedan perjudicar su desarrollo, además de brindar una segmentación en franjas que favorece también el desarrollo de la industria televisiva.

Mientras que en referencia específica a las Radios Comunitarias, a finales de febrero en el año 2011 se creó la Mesa Nacional de Radios Comunitarias durante la sesión de AMARC realizada en Bogotá y con la presencia de representantes de diferentes territorios y la inclusión de múltiples modalidades de afiliación bajo la denominación de emisoras, redes, colectivos, personas naturales, etc. que puedan aportar al desarrollo de esta plataforma.

El señor Miguel Córdoba, director de la Radio comunitaria Digital Stéreo de Sandoná – Nariño, fue elegido como nuevo representante de AMARC Colombia, y Rosa Leonor Fonseca, representante de la Red de Mujeres. La creación de la Mesa Nacional de AMARC en Colombia es fundamental de cara a una mayor presencia de la red en Latinoamérica y el reforzamiento de la lucha por obtener el pleno reconocimiento público de los medios de comunicación alternativos y comunitarios como plataforma de desarrollo social.

A la cita acudieron más de 70 personas que durante dos días de reflexión sobre el derecho a la comunicación y la libertad de expresión de las comunidades territoriales y “actores que históricamente han sido contenidos por barreras sociales, económicas y culturales” en palabras de Carlos Aparicio, vicepresidente regional de AMARC en América Latina y el Caribe.

Desde ahora, la Mesa Nacional de Radios Comunitarias de Colombia, asociada con AMARC, podrá unir los esfuerzos de los diferentes medios comunitarios e impulsará una mayor participación ciudadana que favorezca la agenda política nacional, la sostenibilidad de las mismas radios comunitarias y viabilizar demandas legislativas en favor de la sociedad.

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