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Cambios legales en Ecuador

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En mayo 2011, luego de los resultados de la consulta popular, el proyecto de Ley de Comunicación volverá a la Comisión Ocasional del Comunicación para un pre debate donde todos los sectores de la sociedad civil ecuatoriana puedan hacer observaciones a la norma. Con ello se cristalizaría el tercer debate por el que pasaría el mencionado proyecto de ley.

Las bancadas opositoras y oficialistas llegaran al acuerdo de restablecer la discusión del proyecto en la reunión de representantes de las bancadas en la Asamblea Nacional, considerando prudente que el debate vuelva a la comisión y se incorpore el resultado de la consulta.

Además, para evitar el veto presidencial de ser aprobada la ley, el oficialismo sugirió la posibilidad de incluir delegados del ejecutivo en el debate, sin llegar a un conflicto de funciones entre la Asamblea y el Ejecutivo, abogando por el trabajo coordinado.

Para el mes de septiembre del mismo año, funcionarios del gobierno ecuatoriano presentaron un proyecto de Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder del Mercado, el mismo que dispuso el 13 de julio de 2012 como fecha límite para que los accionistas y directivos que tengan más del 6% de participación en medios de comunicación “nacional” se deshagan de esas acciones.

Su aprobación implicaría la reforma de las leyes de Instituciones Financieras y la Ley de Radiodifusión y Televisión, introduciendo en la última de ellas el siguiente artículo:

“no podrán ser titulares, ni directa ni indirectamente, de acciones o participaciones de empresas, compañías o sociedades mercantiles ajenas a la actividad comunicación, los accionistas de una empresa privada de comunicación de carácter nacional, que posean el 6% o más del paquete accionario con derecho a voto”.

Ello se relaciona con la pregunta 3 de la consulta popular del 2011 que el ejecutivo planteó, la prohibición para evitar un conflicto de intereses. Para Fundamedios, esta norma viola derechos constitucionales como el del Art. 16 Inciso 2, que señala:

“Todas las personas, en forma individual y colectiva tienen derecho a: 2.- La creación de medios de comunicación social, y el acceso en igualdad de condiciones a las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de desecaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias…”

La medida afectaría directamente a los medios de comunicación privados que no podrán acceder a los mercados de capital ni a inversiones, necesarias para la renovación tecnológica en una industria que cambia y se renueva constantemente.

Ya en noviembre del 2011 el proyecto de Ley de Comunicación, que busca garantizar el  ejercicio y la vigencia plena de los derechos a la comunicación, llegó al Pleno de la Asamblea Nacional para ser analizado, luego de que pasara por la Comisión Ocasional de Comunicación. El informe de la Comisión apunta que el fortalecer los instrumentos legales garantiza la transparente asignación de frecuencias del espectro radioeléctrico, la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias.

Una vez llegada en la Asamblea, la ley fue aprobada con un 80% por consenso con la comisión, cumpliendo con buena parte de las observaciones anotadas por ella. Para el legislador oficialista Ángel Vilema, es necesario contar con una ley de comunicación pues de lo contrario se seguirá con el statu quo.

Para el legislador opositor Tito Nilton Mendoza resaltó que si bien es necesaria una Ley de Comunicación, esta debe ser votada artículo por artículo para evitar la imposición del gobierno y proteger la libertad de expresión y prensa. Por su parte, Lenin Chica del bloque del Prian rechazó el proyecto de ley tal y como está planteado pues si bien se requiere una Ley de Comunicación, esta no debe ser a su vez una Ley Mordaza.

Finalmente, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE) exigió garantizar la democracia en la comunicación y la redistribución del espectro radioeléctrico equitativamente –repartido en tres partes iguales para medios privados, públicos y comunitarios-, rechazando totalmente la posibilidad de que la norma sea archivada, reafirmando la necesidad de que la norma sea aprobada.

Para diciembre del 2011, el borrador definitivo del proyecto de Ley Orgánica de Comunicación[1] llegó a compilar 35 artículos más de los previstos inicialmente, los mismos que recogen las observaciones de la oposición para lograr llegar al consenso en la aprobación.

El texto prevé que el camino para llegar a la asignación de 33% por cada sector –privado, público y comunitario- será de forma progresiva. Primero, asignando las frecuencias disponibles, la reversión de frecuencias ilegales por incumplimiento de las normas técnicas, jurídicas o de los fines de la concesión dada, las frecuencias que regresan al Estado por incumplimiento del plazo de los contratos, etc. La autoridad de Telecomunicaciones solo podrá adjudicar a una misma persona natural o jurídica una concesión de radio AM, FM y una de televisión.

Segundo, la ley contempla la prohibición de la censura previa, es decir, la necesidad del beneplácito por parte de una autoridad o funcionario público para que una información pueda ser difundida, teniendo como sanción la suma de 10 a 20 salarios básicos unificados, además la ley establece responsabilidad ulterior de los medios de comunicación en ámbitos civil y administrativo cuando el contenido sea asumido expresamente por el medio de comunicación, mientras que los directivos serán solidariamente responsables.

Del mismo modo la ley norma también contempla regular la información reservada, la publicidad engañosa, abusiva o que induzca a error, y el catastro que deberá registrar los medios en funcionamiento en Ecuador.

En julio de 2012, la votación de la Ley de Comunicación en la Asamblea Nacional, programada para el día 19, fue suspendida por el presidente de la Legislatura, Fernando Cordero, aparentemente por la falta de votos que necesitaría Alianza País (AP) para lograr su aprobación, según representantes de la oposición[2]. Según Gastón Gagliardo, representante de AP[3], la suspensión se habría dado debido a la falta de votos tanto para aprobar como para rechazar la ley, decisión que queda en suspenso.

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