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Cambios Constitucionales en México

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El 6 de junio del 2011 fue publicado el decreto con el que se reforman, adicionan y derogan diferentes disposiciones de los artículos 94, 103, 104 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos[1]. El decreto, también conocido como la Reforma a la Ley de Amparo, permite que un grupo o colectivo presente un amparo a través del a figura del interés legítimo, ampliando la figura del amparo más allá del interés simple, lo que da pie a la protección de intereses colectivos.

Días después, el 10 de junio del mismo año, se publicó el decreto que modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma distintos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, considerado por juristas y académicos como un nuevo paradigma pues incorpora los derechos humanos consignados en los tratados internacionales que México haya firmado estén o no reconocidos por la constitución, y obliga a todos los jueces hacerlos cumplir[2]. Además, en el primer artículo se plasma el principio pro-persona, abriendo la posibilidad de utilizar nuevos canales para exigir y respetar los derechos humanos, e impulsar un más amplio y progresivo alcance de la justicia.

Un año más tarde, el 25 de junio de 2012, se promulgó la adición al párrafo segundo de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos[3] que obliga a las autoridades federales a conocer aquellos delitos relacionados con ataques a periodistas o en contra de la libertad de expresión sin importar que se trate de un delito común y de jurisdicción de la autoridad local. La medida busca precisamente impedir la impunidad de los perpetradores dado que muchas veces es la misma autoridad local la que se encuentra involucrada en los ataques a la prensa o la libertad de expresión.

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