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El 15 de octubre de 2012 Santiago Marino[1] realizó, como todos los lunes al mediodía, su columna Fuerte al medio[2] del programa La mar en coche en FM La Tribu. En tanto, recorrió los grupos que debían adecuarse a la ley a partir del 7 de diciembre, por qué y cómo. Dicha columna se publicó transcripta el 9 de noviembre de 2012 en el Boletín Regional sobre Libertad de Expresión y Diversidad en la Radiodifusión (InfoDerechos n° 243[3]) de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias – América Latina y Caribe (AMARC ALC).

En dicha columna, Marino aclaró el escenario actual en materia de medios en la Argentina. Él aseguró que, mientras la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual había cumplido tres años virtuales (la normativa estuvo 8 meses suspendida de su aplicación por la cautelar de la provincia de Mendoza y otra de Salta, y los otros dos años y medio la aplicación ha sido sesgada), había por lo menos 4 preguntas que podríamos plantearnos. Para dos teníamos respuestas complejas, y para las otras dos teníamos una serie de ideas que podrían derivar hasta en una película, es decir son producto de la imaginación en tanto es muy difícil saber quiénes tenían que adecuarse a la ley a partir del 7 de diciembre y por qué.

En una lista rápida que luego desagregó, el investigador argentino encontró que los que tenían que tomar decisiones al respecto eran: el Grupo Clarín, Telefé, el Grupo Vila-Manzano-De Narváez, Hadad (ya las había tomado, el Grupo Ic, la sociedad que componen Spolsky con Garfunkel, Pierri, en una lista compuesta entre una fuente directa muy importante y que había circulado mucho, Wiki Media Leaks, el trabajo de Sebastián Lacunza y Martín Becerra, que tiene en su capítulo 1 una sistematización en sus notas al pie de la conformación de los grupos al momento de esa publicación, y una lista de las reuniones que había tenido Martín Sabatella (titular del AFSCA) desde el momento en que asumió dicho organismo, según informa la entidad, para que el resto de los grupos también se adecuen a la normativa.

La nueva ley tiene límites diversos a la concentración. Específicamente plantea un máximo de licencias de 10 para los que se dedican a radiodifusión (tv abierta, radio AM y FM). De esas 10 pueden ser hasta 3 en la misma zona de cobertura, tienen que ser de distinto tipo de medio, salvo que sea en FM, donde el mismo grupo puede tener 2, si hay 8 emisoras en esa localidad. Si se dedica a la tv abierta no puede dedicarse a la tv por cable. Es un límite a la concentración que también afecta a muchos de estos grupos. Si se dedica a la tv por cable, el máximo de licencias es 24, a lo que puede agregarse una señal propia. Distinguimos entre la empresa que distribuye señales y las señales efectivamente. La misma empresa no puede tener más de una señal propia si tiene una distribuidora de señales.

Un nuevo tope es que no se podrá dominar el 35% del mercado. Ese límite se agrega, por ejemplo, al 30% de capitales extranjeros, que es el máximo que puede tener un mismo grupo entre sus dueños, no puede ser operador de servicios públicos, tampoco puede tener a legisladores entre sus dueños. Si se dedica a dar televisión pero no lo hace ni por abierto ni por suscripción, es decir tiene y una empresa de distribución de televisión satelital, el máximo de licencias es 1, aunque con esa licencia puede operar en la órbita nacional.

Hay mucha discusión y confusión sobre dos aspectos (y no vamos a aclararlo para no confundir):

1-Si ese 35% del mercado como tope alcanza a la distribución de televisión satelital. (Santiago Marino entiende que sí).

2- Si ese 35% del mercado como tope alcanza al mercado de televisión abierta. Marino entiende que sí pero es muy difícil de aplicar en tanto no se sabe si es la totalidad de la población, la totalidad de las personas que tienen tv, el mercado publicitario, pero eso dice la ley de la cantidad de licencias.

A continuación, Marino realizó un seguimiento grupo por grupo que debía adecuarse a la LSCA. Para fines de 2012, Clarín tenía (las sigue manteniendo) una serie de diarios: Clarín, La Voz del Interior, Día a Día, Los Andes, Olé, Muy, pero esa zona no está alcanzada por la ley. También tenía una serie de revistas. Tenía agencias de noticias. Tenía el 49% de Papel Prensa. No está alcanzado por la ley. Pero, por ejemplo, tenía 4 canales de televisión abierta que opera de modo directo: Canal 13, Canal 12 de Córdoba, Canal 7 de Bahía Blanca y Canal 6 de Bariloche, y vínculos con otros 5 por lo menos en el resto del país. A su vez poseía 4 o 5 radios: Radio Mitre de Buenos Aires, Mendoza y Córdoba, Radio Mía y FM 100. Esas licencias son de tv abierta, radio AM y FM, es decir son de radiodifusión y puede tener hasta 10. Podría adecuarse con estos números. Pero el problema es que poseía además señales de tv por cable: TN, TyC Sports, Metro, Magazine, Quiero, Volver.  En total, 6. La ley sólo permite tener una dentro de la nueva normativa. Y además tenía alrededor de 250 empresas con las que opera tv por suscripción (por cable) vía tv donde controlaba el 65% del mercado. Para este entonces y hasta esa fecha Marino ya encontraba serias infracciones a la ley actual. Además, Clarín poseía problemas porque opera radiodifusión y tv por cable, 6 señales cuando el máximo es 1, y encima de 24, lo que decía Clarín es que tenía 240. Es decir, se encontraba desfasado en el 1000% de licencias. Hasta fines de 2012 Clarín todavía no había presentado plan de adecuación.

Esto sucede porque tiene una medida cautelar que vencía el 7 de diciembre y a partir del 8, Clarín iba a estar incumpliendo la normativa y hubiese podido ser objeto de apelación o aplicación de sanciones por parte de la Autoridad de aplicación (AFSCA). Marino agregó a su columna radial que Clarín tenía muchas páginas web de distintas actividades: provisión de servicios de internet, productoras de contenidos de tv, editoriales y librerías pero eso no está alcanzado por la ley. Así también poseía todo un sistema de distribución de revistas que acusan las revistas independientes porque se está concentrando en grupos difíciles de comprobar que serían de Clarín, pero que da cuenta de un negocio que complica la distribución de las revistas independientes. Tampoco tiene nada que ver con la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Por su parte, Telefé tenía 9 canales de tv abierta en distintas provincias: Telefé (11 en Buenos Aires), Canal 5 de Rosario, Canal 7 de Neuquén, Canal 8 de Córdoba y así. Pero además tenía telefonía básica (Telefónica es dueño de la empresa de Telefónica en Argentina), tenía participación accionaria de Telecom Internacional, que controla Telecom Argentina, y tenía la provisión de telefonía celular, una de las tres que existe en Argentina. El problema del Grupo Telefé no estaba en la cantidad de licencias, tenía 9 y el máximo es 10, sino que estaba en el capital extranjero, tenía más del 35%. Ese capital no era de un país (España) que tuviera Tratado de Libre Comercio afín con nuestro país (Argentina) y además el pliego de licitaciones de Entel prohíbe a empresas que tengan servicio de telefonía ser licenciatarios de radiodifusión (en este caso es de tv abierta). Ahí había un problema importante.

El Grupo Vila-Manzano-De Narváez tenía varios diarios en la zona de Cuyo, el diario Uno de Mendoza, replicado en varias provincias; tenía varias radios: Nihuil de Mendoza, radio La Red de Buenos Aires, radio Cerealistas de Rosario; pero también tenía un canal de tv abierta, América, y tenía una empresa que provee televisión por cable Supercanal, y además tenía una señal. ¿Dónde está el problema? Se preguntaba Santiago Marino. La respuesta: propiedad cruzada entre radiodifusión (radios y tv abierta) con empresas en distribución y canal de cable. De acuerdo a la cantidad de licencias Multicanal no estaría teniendo más de lo que la ley permite, tampoco controlaba el 35% del mercado, el dilema era que tenía propiedad cruzada. Además, lo que este grupo le dice a la AFIP, no lo que le dice a la Autoridad de aplicación, era que uno de sus dueños es un legislador. De Narváez tributa por su participación.

El Grupo Hadad acababa de venderle al Grupo Indalo sus emisoras y su empresa de distribución por cable. Radio 10 de la Ciudad de Buenos Aires, más 4 emisoras de FM: radio POP, radio MEGA, radio TKM, radio Vale. Marino agregaba a este paquete la señal C5N. Esta transferencia sólo podía darse con autorización del AFSCA. Él por lo menos no estaba notificado de ello. Entre otros aspectos, en 2005 todos estos medios recibieron una capitalización. El 25 de mayo de 2005 Néstor Kirchner sancionó un decreto por el cual “todos los grupos pasan a tener la misma edad” porque no pasa el tiempo para las licencias. Es decir, un congelamiento de licencias.

El Grupo Spolsky y Garfunkel componía a fines de 2012 una sociedad que no tenía una presencia importante en señales de cable pero no en distribución, ahí no había un problema, en la prensa gráfica tampoco había problema. Pero tenían las emisoras en FM: ROCK & POP y Metro, también estaban allí Aspen, Blue, Splendid, radio Belgrano y Vorterix. Tenían más de 2 FM en una misma región (Ciudad de Buenos Aires). Y 2 AMs, cuando sólo podrían tener una. Pero allí efectivamente había un problema. Por lo menos tendría que desprenderse entre 3 y 4 FM y una AM.

El Grupo Pierri, y con esto completaba este mapa imaginario, tenía una empresa que distribuye televisión por cable y tenía una señal de cable (Canal 26). El problema es que tenía más de 24 señales, no controlaba el 35% del mercado, pero aquí teníamos un gran interrogante: el Grupo Pierri aducía estar negociando con AFSCA su adecuación y algunos sostienen que el modo de contar 24 para este grupo es distinto que el grupo de contarle 24 al Grupo Clarín con Cablevisión.

Marino se refería a las dudas que generaban hablar en el ámbito público de una licencia para una zona en televisión por cable. Allí él se preguntaba: Tres Lomas ¿es una licencia?, ¿es una región?. Supongamos que sí. Son 8.000 habitantes, 1.000 clientes de abonados. Pero La Matanza, ¿es uno o son dos?. Todo el anillo del conurbano, ¿puede ser contemplado como uno para Pierri, o para Cablevisión?. De esta manera, Marino hacía un llamado público, entre otros aspectos, a la publicación de un plan técnico, es decir un mapa de cantidad de licencias y cantidad de frecuencias, que incluiría en la empresa de televisión por cable definir qué entendemos por una licencia. ¿Es San Isidro toda una licencia? ¿Respeta los límites de los distritos? ¿Hablamos de cantidad de habitantes para establecer los límites? ¿La Ciudad de Buenos Aires es una zona, son dos?.

Así todo, ante este panorama de infracciones, AMARC ALC también estuvo atenta a cuáles fueron los avances concretos que la ley obtuvo en dicho período. Para ello, Ernesto Lamas, quien fuera fundador de FM La Tribu y Coordinador Regional de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias América – América Latina y Caribe – AMARC ALC (2003-2011), publicó una nota[4] a través de Página 12 dando cuenta de una mirada amplia sobre los hechos. Lamas aseguraba entonces que la ley de servicios de comunicación audiovisual es mucho más que el 7D (7 de diciembre, plazo en que vencía el lapso de adecuación a la norma).  Lamas además, para aquel entonces, era representante de los medios comunitarios en el Consejo Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Hacia fines de octubre, fecha en que fue publicada la nota en cuestión, se encontraban en concurso 687 frecuencias de FM baja potencia (con y sin fines de lucro) en diez provincias. Estos concursos sentaban así un precedente, aseguraba Lamas, porque fueron los primeros convocados para hacer uso del 33 por ciento reservado para el sector sin fines de lucro. Para ello, se habían realizado talleres de capacitación para la confección de pliegos y ampliar posibilidades de potenciales licenciatarios.

En ese sentido, de las 687 frecuencias totales en concurso,  297 licencias eran destinadas para el sector sin fines de lucro y otras 390 para el sector con fines de lucro.  Las asignaciones de frecuencias se realizaron en las provincias de Chaco; La Rioja; Catamarca; Neuquén; Río Negro; Chubut; Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; La Pampa; San Luis y San Juan.

A su vez, Lamas cuenta que en marzo de 2012 se había reglamentado el artículo 49 de la LSCA (anteriormente mencionado), reglamentación que se realizó en diálogo con las principales redes de radios comunitarias (AMARC y FARCO). En ese momento había más de 250 actuaciones de solicitud de licencia en trámite enmarcadas en dicho artículo.  Vale recordar que el artículo exige que las beneficiarias se encuentren en lugares de alta vulnerabilidad social y/o escasa densidad demográfica y que su objetivo de programación esté destinado a satisfacer demandas de carácter social. En ese sentido, la iniciativa busca incentivar el desarrollo de medios que sean herramientas de alfabetización mediática y eliminen las brechas de acceso a los conocimientos y nuevas tecnologías. La reglamentación establece que una emisora fm de muy baja potencia será aquella estación de radiodifusión sonora que tenga categoría F o G. Por categoría F se entiende a una emisora con una antena de hasta 60m y una potencia radiada efectiva (P.R.E) de hasta 300w. Se estipula que el área estimada de difusión con estas herramientas alcanzará 22km de radio. Por categoría G se entiende a una emisora con una antena de hasta 30m y una potencia radiada efectiva (P.R.E) de hasta 50w. En este otro caso se estima que la radio alcanzará un área de 9,5km de radio. A partir de entonces, tanto personas físicas y jurídicas con y sin fines de lucro pueden presentarse en la sede central del AFSCA o en cualquier Delegación para solicitar formularios y así adquirir licencias directas de este tipo de medios. Con esta reglamentación la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, claramente se contribuye a equiparar los desequilibrios regionales en materia de medios que presenta el país.  Ernesto Lamas también remarcó que AFSCA estaba tramitando más de 100 expedientes de cooperativas de servicios públicos que solicitaban prestar servicios de cable. En tanto, 16 ya se habían adjudicado y se esperaba duplicar el número para fines de año. Asimismo, 45 solicitudes de comunidades originarias se encontraban en trámite, tal como lo permite el artículo 151. Dichas solicitudes estaban siendo analizadas por una comisión integrada por AFSCA y el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). También Lamas adelantó lo que luego fue el lanzamiento de “Wall Kintun TV” (el 7 de diciembre) de la primera señal propia de TV abierta de los pueblos mapuche, coya y qom de Bariloche y alrededores. Además, tal como lo establece el artículo 149, para aquel entonces 134 escuelas primarias estaban autorizadas a emitir señales a través de una radio propia.

De igual manera, Lamas remarcó los puntos pendientes. Uno de los más importantes fue la convocatoria a concursos para licencias de televisión digital en condiciones razonables para los canales comunitarios, junto con la actualización (tal como lo adelantó Marino antes) de un plan técnico que “transparente el estado del espacio radioeléctrico” y la puesta en marcha del fondo de fomento previsto en el artículo 97 por medio del cual se prevé apoyar proyectos especiales de comunicación audiovisual, medios comunitarias, de frontera, y de los pueblos originarios, con especial atención a la colaboración en los proyectos de digitalización y un debate de participación del Estado, el parlamento y los medios sin fines de lucro acerca de la sostenibilidad económica de radios y canales comunitarios.

De esta manera, la aplicación de la ley se estaba realizando de manera minuciosa pero quedaba soslayada frente al foco del debate que estaba puesto en la desinversión de los grupos infractores. Pero también así se dejaban de lado los aspectos más importantes en cuanto a enriquecimiento de la diversidad en el sistema de medios argentino, que si bien todavía necesitaba mucho apoyo, de a poco se estaba desarrollando. Hasta Gustavo López, subsecretario General de la Presidencia de la Nación y ex interventor del COMFER, reconoció en una entrevista [5] brindada al programa La mar en coche en FM La Tribu que la AFSCA no avanzó con la misma energía para el sector comunitario que para otros sectores. El Subsecretario agregó que la llegada al AFSCA de Sabatella le dio nuevas fuerzas a la entidad. La sensación de López fue que, además del artículo 161 y el 7D, la AFSCA se está ocupando de hacer el plan técnico para en breve llamar a licitación respetando el 33%.

Finalmente, el tan esperado 7D (7 de diciembre) no fue como se ansiaba. El 6 de diciembre, el día anterior, la Cámara Nacional Civil y Comercial prorrogó la medida cautelar del Grupo Clarín en Argentina, es decir un día antes de que venza. No obstante, la prórroga era “hasta que se dicte sentencia definitiva”. Dicha cautelar eximía al Grupo Clarín de adecuarse a lo que establece la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA). La Cámara que dictó la prorroga estaba integrada por los jueces María Susana Najurieta y Francisco de las Carreras. Por su parte, en un comunicado, la AFSCA (Autoridad Federal de Servicios en Comunicación Audiovisual) calificó el hecho como nefasto y lamentable.

Pero el 2012 no terminó allí. A tan sólo una semana, el 14 de diciembre el juez federal civil y comercial Horacio Alfonso declaró “constitucional” el artículo 161 de la ley de medios[6], que había sido objetado por el Grupo Clarín, que rechaza cumplir con la adecuación de la norma votada en el Congreso hace más de tres años.

De esta forma se corren todas las dudas sobre la afectación a la libertad de expresión por parte de la nueva norma y, por otro lado, se deja en plena vigencia la LSCA, poniendo punto final a la medida cautelar interpuesta hace más de tres años por el multimedio. Es de valorar que el magistrado Alfonso destacó que conviene recordar el objetivo es el de diversificar la oferta informativa y ampliar la posibilidad de ejercer la libertad de expresión a la mayor cantidad posible de medios de comunicación.


[1]Doctor en Ciencias Sociales (UBA). Asesor del Programa Legislaciones y Derecho a la Comunicación de AMARC ALC, profesor en USAL, UNQ y UBA, coordinador académico de la Maestría en Industrias Culturales: Políticas y Gestión en la UNQ e investigador.

[2] Columna disponible en http://fuertealmedioblog.wordpress.com/2012/10/15/radiografia-para-el-7d/

[3] Boletín Regional sobre Libertad de Expresión y Diversidad en la Radiodifusión disponible en http://amarcalc.org/infoderechos/.

[4] Nota disponible en http://www.pagina12.com.ar/diario/laventana/26-206767-2012-10-31.html

[5] Entrevista disponible en http://marencoche.wordpress.com/2012/11/23/el-afsca-reconoce-que-no-se-avanzo-con-la-misma-energia-para-el-sector-comunitario/

[6] Fallo disponible en http://www.telam.com.ar/advf/documentos/2012/12/50cba2400db5f.944719001355520873.pdf

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